Para crear la “Ley para la prohibición del uso del glifosato en el desyerbado de autopistas, carreteras, avenidas, calles y caminos estatales o municipales, canales de riego y cualquier propiedad pública”.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
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SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 130
2 de enero de 2017
Presentada por el señor
Referido a
LEY
Para crear la “Ley para la prohibición del uso del glifosato en el desyerbado de autopistas, carreteras, avenidas, calles y caminos estatales o municipales, canales de riego y cualquier propiedad pública”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El glifosato es un herbicida patentado originalmente
Por mucho tiempo, distintos expertos y científicos han realizado y revisado diversos estudios donde se ha podido demostrar el efecto adverso del glifosato en la salud de las personas.
Se ha descubierto que el glifosato tiene múltiples efectos biológicos: provoca deficiencias nutricionales, ya que inmoviliza ciertos nutrientes y altera la composición nutricional del cultivo
En estudios realizados en 2005 y 2008, el profesor de biología molecular Gilles Eric Seralini de la Universidad de Caen (Francia), advirtió que aun en dosis inferiores a las usadas en la agricultura, el glifosato comercial estimulaba la muerte de las células de embriones humanos, lo que podría provocar malformaciones, abortos, problemas genitales o de reproducción y cáncer.
En el 2011, buscando una respuesta a las causas de las enfermedades graves de manadas enteras en el norte de Alemania, especialmente en el ganado bovino, se realizaron estudios que encontraron el glifosato en su orina y se detectó también en las heces, en la leche y el alimento
Según
Este estudio alemán parece tener concordancia con otros estudios que confirman
En el año 2012, un estudio realizado por la Universidad Médica de Viena y publicado en la revista Archivos de Toxicología, asegura que no hay nivel seguro ante la exposición al glifosato.
Los resultados indicaron que su inhalación puede provocar daños en el ADN de las personas expuestas y que no solamente el ingrediente glifosato es extremadamente tóxico, sino que aumenta su toxicidad por la presencia de otros aditivos en su formulación.
En el año 2014, la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC, por sus siglas en inglés), entidad francesa adscrita a la Organización Mundial de la Salud (OMS), publicó un informe sobre estudios de casi tres décadas de duración y que incluyó 44 trabajos, que exploraron el impacto de la exposición a
El 20 de marzo de 2015, la IARC, tras una extensa revisión de estudios sobre el glifosato, lo clasificó como “probablemente cancerígeno
Países como
En Puerto Rico existe una alta preocupación de las comunidades por el uso indiscriminado de glifosato.
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En vista de la abundante evidencia que vincula al glifosato con enfermedades como el cáncer y de la constancia sobre el uso indiscriminado de este potente y dañino químico,
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1. – Título
Esta ley se conocerá como: “Ley para la prohibición del uso del glifosato en el desyerbado de autopistas, carreteras, avenidas, calles y caminos estatales o municipales, canales de riego y cualquier propiedad pública”.
Artículo 2.- Definiciones
Para fines de esta Ley, los siguientes términos tendrán el significado que describe a continuación:
Agencia: cualquier Departamento, Oficina, Administración, Corporación Pública o Municipio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Glifosato: herbicida no selectivo de amplio espectro, desarrollado para eliminación de hierbas y de arbustos, en especial los perennes.
Persona – Persona natural o jurídica, o funcionario de cualquier agencia, según definida en esta ley.
Artículo 3. – Prohibiciones y penalidades
Se prohíbe a cualquier agencia o persona el uso de glifosato para el desyerbe de autopistas, carreteras, avenidas, calles y caminos autopistas, carreteras, avenidas, calles y caminos municipales o estatales, canales de riego y cualquier propiedad pública.
Esta prohibición incluye el uso de cualquier producto o fórmula que
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contenga glifosato o cualquiera de sus derivados o combinaciones, independientemente de cómo sea mercadeado o aplicado.
Toda persona o funcionario de agencia que viole esta prohibición, incurrirá en delito menos grave y se le impondrá una multa no menor de $5,000.00 o una pena de cárcel de 6 meses, a discreción del Tribunal.
Artículo 4.-
Si cualquier cláusula, párrafo, disposición o parte de esta Ley fuere anulada o declarada inconstitucional, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado a la cláusula, párrafo, disposición o parte de la misma que así hubiere sido anulada o declarada inconstitucional.
Artículo 5. - Vigencia
Esta ley comenzará a regir de forma inmediata, luego de su aprobación.